El Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD) entró en vigor el 25 de mayo de 2018.
Desde el 25 de mayo de 2018, todas las empresas, incluidas las pequeñas empresas artesanales, las guarderÃas, las asociaciones y los autónomos, deben ofrecer un sistema de gestión de la protección de datos que cumpla la ley.
Esto debe distinguirse del nombramiento de un responsable de la protección de datos: en la mayorÃa de los casos, esto sólo se exige a las empresas con 20 o más empleados. El responsable de la protección de datos debe estar registrado ante la autoridad de control. Si su empresa aún no lo ha hecho, en algunos Estados federados esto ya constituye en este momento un delito sancionable con una multa.
El siguiente escenario podrÃa producirse mañana mismo:
Escenario 1:
Un cliente informa a la autoridad de supervisión competente
Independientemente de si la denuncia está justificada o no, ahora es muy probable que la autoridad de control examine no sólo el incidente denunciado, ¡sino todo el concepto de protección de datos!
Consecuencia:
Si no tiene un concepto de protección de datos, o si no cumple los nuevos requisitos legales, se le impondrá una multa .
A diferencia de la situación jurÃdica anterior, ya no queda a discreción de las autoridades de control sancionar una infracción. En el futuro, las infracciones en materia de protección de datos deberán sancionarse.
Sólo queda por decidir el importe de la multa que se impondrá. La multa estándar tiene un tope de 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocios del último año. Según las autoridades supervisoras alemanas, la multa media se sitúa actualmente entre 10.000 y 15.000 euros.
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Escenario 2:
Un competidor se da cuenta de que el aviso de protección de datos de su sitio web no cumple los requisitos legales, acude a un abogado y hace que le envÃen una carta de advertencia.
Consecuencia:
Puede presentar la declaración de cese solicitada (que no recomendamos sin reservas) y pagar los honorarios del abogado o enfrentarse a la amenaza de un procedimiento judicial que casi con toda seguridad perderá.
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O bien establecen un sistema de gestión de la protección de datos, lo que significa, entre otras cosas
O puede encargar a un especialista con
de las empresas aún no cuentan con un responsable de protección de datos que cumpla las normas
Asà es. Sólo es necesario nombrar un delegado de protección de datos interno o externo si hay 20 o más empleados que trabajen con datos personales (por ejemplo, que utilicen Outlook).
Pero aquà es donde empiezan los problemas en la práctica:
Independientemente de si tiene que nombrar a un responsable de la protección de datos o no, ¡esto no tiene nada que ver con la obligación de establecer un sistema de gestión de la protección de datos!
Como director gerente, debe asumir usted mismo todas las tareas si no designa a un responsable de la protección de datos. Sin embargo, sin él es prácticamente imposible cumplir los distintos requisitos legales.
Y aquà ocurre lo mismo que con el asesor fiscal:
Por supuesto, podrÃas preparar tú mismo la declaración de la renta de tu empresa tras un largo periodo de familiarización. Pero no lo hagas. Al fin y al cabo, tienes una empresa que dirigir y eso ya es bastante complicado.
Como puede ver: Tiene sentido confiar sus obligaciones de protección de datos a un especialista. Porque le ahorra tiempo y dinero.
El informático se ocupa de la seguridad informática. El responsable de protección de datos vela por la seguridad de los datos de los clientes.
Aunque ambos temas están estrechamente relacionados, un concepto de seguridad informática por sà solo no puede garantizar una protección de datos suficiente.
Debido al aumento de los requisitos de protección de datos, las autoridades de control adoptarán en el futuro un enfoque mucho más restrictivo y realizarán más comprobaciones.
Además, sus clientes son ahora mucho más conscientes del problema que antes, debido a diversos reportajes aparecidos en la prensa. Un solo cliente insatisfecho puede dar lugar a una multa cuantiosa:
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¿Emite facturas a nombre de sus clientes? Entonces ya entras en el ámbito de aplicación del GDPR. Ha informado a cada cliente de sus derechos desde el 25 de mayo de 2018 de conformidad con el art. 12 y ss del GDPR? Si no es asÃ, ¡cualquiera de sus clientes puede presentar una reclamación ante la autoridad de control!
Esto se aplica independientemente de si más o menos de 20 empleados manejan datos personales.